I.E.S. Andalán
Los Programas de cualificación profesional inicial tienen como finalidad contribuir al desarrollo personal y social, a la adquisición de las competencias necesarias para permitir la inserción socioprofesional del alumnado con las certificaciones correspondientes, promover la adquisición de las competencias propias de la educación básica, facilitar la obtención de la titulación de Graduado en educación secundaria obligatoria, así como favorecer el acceso a la educación y la formación a lo largo de la vida, potenciando el ejercicio de los deberes y derechos democráticos con responsabilidad.
Objetivos
1. Proporcionar al alumnado las competencias profesionales propias de una cualificación de nivel uno de la estructura del Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales y, con ello su certificación, con el fin de facilitar su inserción laboral en una actividad profesional de manera cualificada.
2. Facilitar el desarrollo y la adquisición de las competencias básicas de la educación obligatoria y, con ello, la posibilidad de obtener la titulación correspondiente, así como proseguir estudios en otras enseñanzas por las vías previstas en la legislación vigente, para continuar aprendiendo a lo largo de toda la vida.
Destinatarios y procedimiento de acceso
1. Para acceder a uno de estos programas será condición indispensable carecer de la titulación básica y no haber superado otro programa de cualificación profesional inicial.
2. Serán destinatarios de estos programas los jóvenes mayores de dieciséis cumplidos hasta el 31 de diciembre del año del inicio del programa y menores de 21, que no hayan obtenido el título de Graduado en educación secundaria obligatoria y hayan agotado las vías de promoción y las medidas previstas en el Plan de atención a la diversidad.
Excepcionalmente, tras la oportuna evaluación y con el acuerdo de alumnos y padres o tutores, la edad de acceso podrá reducirse a quince años - cumplidos hasta el 31 de diciembre del año en el que se inicie el programa para aquellos alumnos y alumnas que, habiendo realizado segundo curso de Educación secundaria obligatoria, no estén en condiciones de promocionar a tercero y hayan repetido ya una vez en esta etapa. En este caso, el alumnado deberá comprometerse a cursar los módulos conducentes a la titulación básica. Estos alumnos sólo podrán optar por la MODALIDAD I.
Los PCPI pueden cursarse una 2ª vez si no se superan en la primera oportunidad. Los alumnos repetidores tiene preferencia en el curso siguiente.
3. Para la incorporación a un PCPI de Modalidad II el aspirante deberá haber cursado al menos 3º de ESO o un programa de Diversificación además de cumplir 16 años en el año de incorporación al PCPI.